¿Es necesario matricular una carretilla elevadora?

Como profesionales dentro del sector del servicio técnico de carretillas elevadoras, sabemos que la mayoría de este tipo de máquinas no deben matricularse al circular por recintos cerrados exclusivamente. Pero lo cierto es que las carretillas contrapesadas elevadoras, ya sean de gas, diésel o eléctricas, sí que deben matricularse para poder circular por la vía pública.

¿Cuáles son las carretillas elevadoras que se pueden matricular?

Solamente se pueden matricular aquellas carretillas elevadoras que son nuevas. Una de segunda mano no debe hacerlo, ya que no va a contar con la documentación necesaria. En este caso, únicamente los equipos que ya han sido matriculados previamente o que contaban con la tarjeta correspondiente de la ITV, pueden disponer del permiso de circulación. Es fundamental recalcar que cualquier carretilla elevadora, que se vaya a utilizar en la vía pública tiene que ser matriculada.

Para matricular las carretillas elevadoras, será necesario presenta un certificado de conformidad del fabricante, así como la certificación ISO 9000 y un certificado de responsabilidad jurídica emitido por el mismo. Por otro lado, al ser un vehículo especial que siempre circula por debajo de los 25 kilómetros por hora, no va a necesitar pasar la ITV de manera periódica. Bastará con que la pase una única vez. Con esta documentación, habrá que dirigirse a la entidad correspondiente para recibir el permiso de circulación, así como, para poder realizar su matriculación. En el caso de que la carretilla sea nueva, el fabricante tiene que emitir también una credencial azul para que la matriculación sea más rápida.